Visión DPG

8 septiembre, 2014

Autónomos pueden compatibilizar su actividad con el paro

Por DPG
8 septiembre, 2014

La nueva Ley entró en vigor en febrero de 2013 pero ha pasado desapercibida para muchas personas.

Esta medida pretendía incentivar los jóvenes en situación de paro a desarrollar sus negocios, permitiéndoles financiar el inicio de la actividad con la prestación por desempleo.

En los propios centros de Servicios Públicos de Empleo, pocos funcionarios conocen los procedimientos y lo más probable es que le digan que con el inicio de la actividad, se suspende la prestación por desempleo.

Sin embargo, no es así y esta puede ser una buena alternativa para los jóvenes que tengan dificultades en conseguir financiación externa.

Requisitos para que pueda beneficiar de la prestación por desempleo e iniciar una actividad por cuenta propia

– El beneficiario debe tener menos de 30 años en la fecha de inicio de la actividad;

No tener trabajadores a su cargo;

– Solicitar la compatibilizan de la prestación por desempleo en los Servicios Públicos de Empleo en el plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad.

Para requerir esta modalidad, debe primero iniciar la actividad por cuenta propia y darse de alta en la Seguridad Social. Solamente después, podrá solicitar la compatibilidad con la prestación por desempleo, rellenando el nuevo formulario disponible en las oficinas de servicios públicos de empleo.

En un plazo de 90 días, le tienen que confirmar si la solicitud ha sido aprobada o no.

Actualmente, la confirmación de la solicitud se está tramitando con alguna rapidez y puede recibir una respuesta en menos de una semana.

Si el autónomo cumple con los requisitos que enunciamos con anterioridad, la solicitud deberá ser aprobada.

El principal inconveniente de esta medida es que la prestación por desempleo solamente es compatible con el trabajo autónomo por un periodo máximo de 270 días. Finalizado este periodo, se suspende la prestación y los jóvenes empresarios “están por su cuenta”…

Para más informaciones contacte nuestros economistas a través del 91 435 14 79 o soluciones@dpglegal.es

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