Cuando llegan los problemas de pareja, la mayoría de matrimonios piensan directamente en el divorcio. La realidad es que no es la única alternativa ya que también se puede optar por la separación.
Diferencias entre separación y divorcio
- La principal diferencia que existe entre separación y divorcio es que con la separación no se disuelve el vínculo matrimonial mientras con el divorcio sí.
- La separación supondrá el cese efectivo de la convivencia entre ambos cónyuges, lo que traerá consigo una serie de consecuencias tanto personales, como patrimoniales.
- Para que la separación tenga efectos legales se requiere su formalización en el Juzgado o bien ante notario, y de esta forma podrá tener efectos frente a terceros.
- Otra de las diferencias es que tras el divorcio ambas partes podrán contraer un nuevo matrimonio, mientras que con la separación no, ya que como hemos dicho el vínculo matrimonial no se ha extinguido.
- En el ámbito patrimonial también existen diferencias, con la separación lo que se producirá es una separación de bienes, mientras que con el divorcio se procederá a la disolución del régimen económico matrimonial.
Semejanzas entre separación y divorcio
- Con la separación y divorcio se deben proceder a elaborar el convenio regulador, documento donde se reflejará las medidas por las que se van a regir los cónyuges en el familiar (cuidado de los hijos, su guardia y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos y/o compensatoria, etc), y también el en aspecto patrimonial, como el uso y disfrute de la vivienda familiar, liquidación del régimen económico, cargas, etc)
- Se aplican los mismos requisitos para poder optar a la pensión de viudedad, se aplican los mismos requisitos.
- En caso de separación o divorcio se impide que el otro cónyuge o excónyuge herede abintestado (si no hay testamento), y que tenga derecho a la legítima.
- Para poder optar a la separación o divorcio, solo es necesario la voluntad de uno de los cónyuges o de ambos y que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
¿Qué trámites hay que realizar para conseguir la separación o divorcio?
Todo va a depender de la voluntad de ambos cónyuges, ya que no será igual el procedimiento, tiempo y coste, si se lleva a cabo de mutuo acuerdo, o de forma contenciosa.
SEPARACION O DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
Ambos cónyuges, están conformes con el divorcio o separación, y las medidas personales y patrimoniales que se van a adoptar a partir de la separación o divorcio y que vendrán reflejadas en el convenio regulador.
De esta forma ambas partes pueden ser representadas por el mismo abogado, lo que será beneficioso desde el punto de vista económico y se resolverá en menor tiempo posible, evitando así un proceso judicial largo y costoso y con un resultado incierto.
Si no existen hijos menores de edad, se puede optar por realizar los trámites de divorcio o separación a través del Juzgado o ante Notario.
Si existen hijos menores de edad, es necesario que el trámite se realice en el Juzgado, no obstante será un procedimiento rápido, donde se presentará una demanda de mutuo acuerdo aportando el convenio regulador, donde se detallarán las medidas que las partes quieren que se apliquen tras la separación o divorcio (guarda y custodia, patria potestad, régimen de visitas, pensión de alimentos, gastos extraordinarios, atribución del domicilio familiar, pensión compensatoria, etc), el Juzgado le dará traslado al Ministerio Fiscal para que informe y finalmente será el Juez el que dicte sentencia, normalmente recogiendo el contenido del convenio regulador, siempre que no sea perjudicial para ninguna de las partes y sobre todo velando por el bienestar de los hijos que debe primar.
SEPARACION O DIVORCIO CONTENCIOSO
Diremos que el procedimiento es contencioso cuando una de las partes no quiere separarse o divorciarse, lo que hará imposible llegar a un acuerdo entre las partes, o bien cuando ambas tienen la voluntad de separarse o divorciarse, pero no hay acuerdo en todas o algunas de las medidas que debe contener el convenio regulador.
En estos procedimientos será necesario acudir al procedimiento judicial, y será el Juez el encargado de resolver la controversia existente respecto de los diferentes aspectos, acordando el divorcio o separación e imponiendo las medidas que considere más beneficiosas para los hijos y cónyuges.
El procedimiento se iniciará con la presentación de la demanda por una de las partes, donde exprondrá las medidas que quiere que se adopten tras el divorcio ( guarda y custodia, patria potestad, régimen de visitas, pensión de alimentos, gastos extraordinarios, atribución del domicilio familiar, pensión compensatoria, etc.), aportando las pruebas que considere necesarias y solicitando la práctica de alguna a través del Juzgado.
Una vez admitida a trámite la demanda, se dará traslado a la otra parte para que conteste a la misma en el plazo de 20 días hábiles, aportando igualmente las pruebas de las que intente valerse en Jucio.
Tras este trámite se fijará por el Juzgado día y hora para celebrar las correspondientes vistas para practicar las pruebas propuestas y admitidas, y tras ello el Juez dictará sentencia, donde se fijarán las medidas por las que se regirán las partes.
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