Me voy al paro ¿Cuánto cobraré?

El fin de la Navidad supone, para muchos, además del fin de las celebraciones
familiares, de los langostinos o de los regalos bajo el árbol, la pérdida del empleo. Es habitual, desde hace años, que en enero aumente el número de parados. De hecho, muchas empresas ofrecen contratos temporales antes de Navidad para suplir la elevada demanda de tales fechas. En enero del año pasado, por ejemplo, el número de parados se incrementó en 57.247 y la seguridad social perdió 204.043 afiliados.
Ante tal situación, si eres una de las personas que ha perdido su empleo o cuyo contrato finaliza pronto, es importante conocer cuáles son sus derechos y cuánto le corresponde cobrar en concepto de paro.
Requisitos para poder cobrar el paro
En primer lugar, es fundamental saber los requisitos necesarios para poder optar a esta prestación:
- Estar desempleado en situación legal, lo cual se acredita apuntándose en el SEPE (antiguamente conocido como INEM).
- Estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social.
- Haber cotizado a la seguridad social un mínimo de 12 meses. No es necesario que hayan sido 12 meses seguidos de cotización. Pueden ser meses salteados aunque dentro de un margen temporal de 6 años.
- Tener menos años que los que estipula la ley para optar a una pensión por
jubilación. En la actualidad se puede uno jubilar a los 67 años o a los 65 si se ha cotizado a la Seguridad Social durante 38 años y medio.
Si los cumples ¿qué cantidad cobrarás de desempleo?
Si cumplimos estos requisitos podemos avanzar al siguiente punto, ¿cuánto cobraré de paro? La cantidad a recibir depende de la base de la cotización del trabajador a la Seguridad Social en los últimos 6 meses de desempeño laboral. ¿Cómo sabemos cuál es esta base? Aparece en la nómina. Se hace una media con las bases del último medio año cotizado y se obtiene la denominada “base reguladora”.
Los primeros 180 días se cobra de paro el 70% de esta base y a partir del día 181 se cobra el 50 %. ¿Durante cuánto tiempo puedo cobrar el paro? Pues depende del número de días cotizados. Si has cotizado durante un año, por ejemplo, te corresponden 120 días de paro.
Máximos y mínimos que se pueden cobrar
No hay que olvidar que existen unos tipos máximos y mínimos establecidos cada año en base a un indicador denominado IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). El tipo máximo señala la cifra máxima que se puede cobrar y el mínimo la mínima.
En 2017 el tipo máximo queda de la siguiente forma:
- 1.087 euros si no tiene hijos.
- 1.242 euros si tiene un hijo.
- 1.397 euros si tiene dos o más hijos.
El tipo mínimo es el siguiente:
- 497 euros si no tiene hijos.
- 664 euros si tiene al menos un hijo.
Si tu situación personal cambia en el momento en que ya estás cobrando el paro, los tipos se adaptarán a tu nueva realidad.
La web del SEPE ofrece un simulador a través del cual se puede calcular la cuantía de paro que te corresponde.
Jesús Pascual López, Abogado Asociado de Dpg Legal y Director del Departamento Jurídico Laboral