Correo electrónico dPG

MADRID

info.madrid@dpglegal.es

BARCELONA

info.bcn@dpglegal.es 

LISBOA

info.lisboa@dpglegal.es

Teléfono

MADRID

+34 91 435 14 79

BARCELONA

+34 93 414 73 20

LISBOA

+351 211 217 689

logo dPG Legal
logo dPG Legal
  • INICIO
  • EQUIPO
  • SERVICIOS JURÍDICOS
  • SERVICIOS DE GESTIÓN
  • PORTUGAL
  • NOTICIAS
  • PRENSA
    • Español
    • English
    • Português
  • INICIO
  • EQUIPO
  • SERVICIOS JURÍDICOS
  • SERVICIOS DE GESTIÓN
  • PORTUGAL
  • NOTICIAS
  • PRENSA
    • Español
    • English
    • Português

La donación de participaciones en la empresa familiar

Asesoría Fiscal y Cumplimentación de Obligaciones Tributarias, Artículos
Por DPG
donacion de participaciones en empresa familiar

Exención en la donación de participaciones: cálculo del requisito de remuneración superior al 50%

La donación de participaciones de una empresa familiar no tributa en la renta del donante como ganancia patrimonial cuando tales participaciones cumplen, entre otros, el requisito de estar exentas de tributación en el IP pudiendo acogerse a la bonificación en el ISD.

Cálculo del requisito de remuneración

TEAC 11-7-17

La Administración, al considerar que no estaban exentas del IP las participaciones donadas a su hijo (LIP art.4.8; LIRPF art.33.6), dicta una liquidación donde reclama la ganancia patrimonial no declarada en el IRPF del donante. Igualmente, emite sanción por haber dejado de ingresar la cuota objeto de regularización.

Disconforme, el obligado tributario recurre ante el TEAC. El objeto de debate se centra en determinar la afección de las participaciones, es decir, si los rendimientos derivados de la sociedad tenedora de las participaciones constituyen al menos el 50% de todo lo percibido por el contribuyente como rendimientos empresariales, profesionales y de trabajo personal.
Y en particular, cómo se computa el porcentaje del 50% cuando, como en el presente caso, el contribuyente ostenta participaciones en varias sociedades.

El TEAC asume el criterio mantenido por la DGT y expone que para el cálculo del porcentaje deben tenerse en cuenta dos reglas:
1) cuando una misma persona sea directamente titular de participaciones de varias entidades (que no se negocien en mercados organizados) el porcentaje se computa de forma separada para cada entidad;
2) para determinar el rendimiento total han de tenerse en cuenta los rendimientos negativos y positivos.

En base a esta doctrina, el Tribunal entiende que al realizar el cálculo por separado los rendimientos derivados de las participaciones objeto de donación constituyen más del 50% de la totalidad de los rendimientos netos reducidos del trabajo y actividades empresariales y profesionales del contribuyente.
Es por ello que se cumplen la totalidad de los requisitos para entender las participaciones donadas como exentas de tributación en el IP, al estar afectas a la actividad mercantil, y como no sujetas a la tributación del IRPF por el concepto ganancia patrimonial, procediendo a estimar la reclamación interpuesta.

Como norma general, los requisitos para considerar una participación exenta en el IP son los siguientes:

a) Que la entidad ejerza una actividad económica y no tenga por actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.
b) Que el sujeto pasivo ostente un 5% individual o un 20% con su "grupo familiar" (cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado).
c) Que uno de los miembros del <<grupo familiar>> ejerza funciones de dirección y su retribución sea superior al 50% del conjunto de sus rendimientos del trabajo y de actividades económicas.

Información relacionada que puede ser de tu interés

  • ¿Son deducibles las cuotas de autónomos en el IRPF?
  • Tributación fraccionada del IRPF por cambio de residencia
  • Nuestros servicios de asesoría fiscal 
ÚLTIMAS NOTICIAS
08/02/2023
Noticias
COMPLEMENTO DE PATERNIDAD
08/09/2022
Derecho laboral., Noticias
CLAVES DEL NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN DE AUTÓNOMOS
Del 1 al 2 de 177 noticias

Llámanos al

91 435 14 79

o explícanos tu caso

    NUESTROS CLIENTES

     
    persax
    at sistemas
    mediterranea
    swam
    oca
    creditero
    Grupo Hemag
    PdC sociedad inmobiliaria
    Calima Technologies
    Renting Finders
    ayuda en accion
    vitra
    anogov
    arquitectos asociados
    art factory
    automotiva
    bigbank
    bmo
    canela
    facilice
    Indemnizacion por accidente
    inout
    landewyck
    neumo
    Pugil
    extended play
    RP associados
    svam
    the key talent
    universalpay
    wincare spain
     
    MADRID

    C/ Villanueva 28 2° Dcha 28001 Madrid

    +34 91 435 14 79

    info.madrid@dpglegal.es

    Ver mapa
    BARCELONA

    Vía Augusta 125, 1º 7ª - 08006 Barcelona

    +34 93 414 73 20

    info.bcn@dpglegal.es

    Ver mapa
    LISBOA

    Av. Da Liberdade, 38 - 4º- Dta.- 1250-145 Lisboa

    +351 211 217 689

    info.lisboa@dpglegal.es

    Ver mapa
    PORTAL EMPLEADO
    He leído y acepto la política de privacidad
    Marca la casilla y prueba que no eres un robot
    Política de privacidad
    Aviso legal
    Política de cookies
    dPG Legal, S.L. Todos los derechos reservados
    {{Page.formContact.message}}
    Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle información relacionada con sus preferencias. La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies técnicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.
    Por favor, haga clic en “ACEPTAR Y SEGUIR” si desea admitir todas las cookies. Si quiere elegir qué cookies admitir o rechazarlas todas, haga clic en “OPCIONES DE COOKIES”.
    OPCIONES DE COOKIES
    logo dPG Madrid Barcelona Lisboa
    Powered by  GDPR Cookie Compliance
    Resumen de privacidad

    Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle información relacionada con sus preferencias. La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies técnicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.
    El titular de la web, responsable del tratamiento de las cookies, y sus datos de contacto son accesibles en el Aviso Legal.

    Cookies estrictamente necesarias

    Las cookies estrictamente necesarias debe estar habilitadas en todo momento para que podamos guardar sus preferencias para la configuración de cookies.

    Si deshabilita estas cookies, no podremos guardar sus preferencias. Esto significa que cada vez que visite este sitio web deberá habilitar o deshabilitar las cookies nuevamente.

    Cookies de terceros

    Este sitio web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima, como el número de visitantes del sitio y las páginas más populares.

    Mantener esta cookie habilitada nos ayuda a mejorar nuestro sitio web.

    ¡Por favor, habilita primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

    Política de cookies

    Si desea más información sobre las cookies consulte nuestra Política de Cookies