El mundo dejó de girar en un túnel

En el blog El defensor del Lector, el letrado Ignacio González denuncia a dos casos de ciclistas que fallecieron por accidente de tráfico y reclama justicia
JUSTICIA PARA TODOS
Miércoles, 25 de abril de 2012. Miércoles de “Champions League”. El Real Madrid se enfrentaba al Bayern de Munich en el Bernabéu y yo me enfrentaba, en mi despacho, a un partido judicial con la dura realidad del sistema.
Al menos, “el Madrid” no tardó más de 15 días en saber que su esfuerzo no serviría para nada. Por contraposición, hoy yo aún desconozco el resultado final de mi encuentro con la Justicia.
Aquel día, recibí la visita de una familia italiana que, desgraciadamente, había perdido un hijo en las carreteras de Mogán (Gran Canaria). Familia adinerada. No tuvo inconveniente en movilizarse y acudir en pleno a Gran Canaria, el fatídico día, ni en personarse en mi despacho de la misma manera, unos días después.
“Lo que haga falta”, “no escatimes recursos económicos”, me dijeron. Querían saber que había pasado e insistían en no creer la versión oficial: “la culpa era de su hijo (quien circulaba en su bicicleta) por no llevar chaleco reflectante”.
El fallecido, ciclista de afición y casi profesional, fue de vacaciones a las Islas Canarias, como hacen miles de aficionados a este deporte de toda Europa. Existe todo un negocio montado alrededor de este tipo de turismo allí. Portaba todo su equipo casi-profesional, bicicleta de precio intocable incluida, y entre todo, casco, zapatillas, “maillot” y “coulotte”, con elementos reflectantes.
Lamentablemente, todo esto no debió ser suficiente, ya que en un estrecho túnel resultó arrollado, por detrás, por un autobús de línea, cuyo conductor declaró no haber percibido al ciclista hasta que no oyó el golpe sordo de sus huesos contra el vehículo.
Un taxista, que circulaba inmediatamente detrás, reconoció que vio al ciclista arrollado y lo esquivó, no llegando a atropellarlo de nuevo. Curioso, ¿No?
El ciclista, circulaba con normalidad, respetando las normas de circulación, a excepción de las relativas a los elementos reflectantes, por lo que toda la discusión técnica sobre quien tuvo la culpa, se centraba en “la visibilidad”. ¿Era o no percibible el ciclista?
Llegados a este punto, empiezan los problemas con la Administración.
En primer lugar, la Instructora de la Guardia Civil, llega muy ufana a declarar en el Juzgado. Ésta, responde con cierta altanería a las preguntas de la oficial del Juzgado (si, de la oficial, no de la Jueza) y a las primeras que yo realizo. Le cambia la cara cuando por segunda vez le insisto “¿Puede indicarme cual es la iluminación obligatoria para el autobús en un túnel?
Duda, pronuncia algún gutural sonido y me responde “es cierto, me he equivocado. La iluminación es la de largo alcance y he reseñado la de cruce en el informe…” (El conductor del autobús declaró haber portado las de cruce, así como no hacer uso de gafas de sol, a pesar de conducir por Gran Canaria a plena luz de un típico día soleado y de reconocer que acababa de comprarse unas “chulísimas” pero que las llevaba en la misma caja en la que venían presentadas).
Estos son los pequeños detalles que hacen a los abogados ganar y/o perder pleitos. Los que hacen que la Justicia tenga sentido y los que cumplen la función de Justicia para los ciudadanos.
Al Juez en cuestión, al fiscal y al sistema, no debe parecerles así, ya que a continuación procedieron a calificar los hechos como Falta, entendiendo, que si algo podía achacarse al responsable, era una simple imprudencia leve. ¿Leve?nNo contentos con eso y a pesar de los Recursos interpuestos y las pruebas aportadas, verbalmente me indicaron, que me preocupase de conseguir la condena, “que lo tenía muy complicado”.
Efectivamente, de eso van los juicios penales, de probar la culpabilidad de alguien que ha cometido un delito.
Todo esto, podría no tener demasiada importancia si no fuera, porque la propia fiscalía General del Estado, ha tenido que emitir Circulares a su cuerpo de fiscales, como la Circular 10/2011, para evitar que estos prevariquen. Si, si. En la propia circular sólo falta el término “prevaricar”, pero dice, claramente, que el incremento del número de asuntos, no puede ser excusa para no perseguirlos. Llega a decir, que los casos de fallecimiento por accidente, por la gravedad del resultado, deben perseguirse como delito, no como falta.
Y es que, la práctica habitual en los Juzgados es, que en los casos de imprudencias la fiscalía se inhibe y no entra en el proceso.
Es fácil sacar la siguiente conclusión de esta circular. No se persiguen los delitos, para no tener que trabajar. Y es que este tipo de conducta, insisto, reconocida por la propia Fiscalía General del Estado, se parece demasiado a estas otras:
- dejar intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables;
- dictar una resolución arbitraria en un asunto administrativo.
Lo malo es, que estas últimas son las definiciones que el Código Penal realiza de los tipos delictivos de la prevaricación y/o el delito de omisión del deber de perseguir el delito.
¿Por qué lo hacen? Lo dejo a su entender.
La justicia no puede permitirse parecerse a la competición profesional de fútbol, donde la organización que la regenta, no introduce mejoras, para aprovechar mejor sus debilidades.
Donde se puede interpretar el reglamento en cada jugada, para obtener el resultado esperado.
La justicia debería ser otra cosa. Si exigimos el uso de cámaras para arbitrar un partido Real Madrid-Bayern de Munich, por que no exigimos que se cumpla el principio de Seguridad Jurídica, ¿o no?
(Dedicado a Darío Jesús y a Fabio)