¿Dónde presento la papeleta de conciliación?

La vida de un trabajador pasa por altos y bajos, pero cuando llega el momento de una baja voluntaria o un despido en la que el finiquito no liquida los haberes salariales que habían quedado pendientes de cobrarse, lo mejor es tratar de transitar la ruta opuesta a un litigio judicial que se alargará más de lo necesario y terminará haciendo que ambas partes pierdan tiempo y dinero. ¿Cómo evitar este camino? Recurriendo al SMAC.
El Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) no solo se trata de una excelente opción para evitar la vía judicial, sino que también es requisito indispensable haber pasado por él para llegar a un juicio de índole social.
Ante el SMAC comparecerán el trabajador que realiza la reclamación y el empresario o representante de la empresa. No se requiere abonar coste alguno para presentarse ante él, pero sí es necesaria la presentación de la papeleta de conciliación.
Desde el momento en el que se produce el despido, el trabajador dispone de veinte días hábiles para presentar la papeleta. Sin embargo, cuando lo que se reclama es la cantidad, el plazo se extiende a un año.
¿Qué es la papeleta de conciliación?
La papeleta de conciliación es un formulario que debe ser presentado ante el SMAC para el comienzo de la conciliación. Si ambas partes logran la conciliación en esta instancia obligatoria, no se pasa a la vía judicial. En cambio, si el desacuerdo persiste, se recurre al ámbito legal con la misma papeleta de conciliación.
No es obligatorio que la papeleta de conciliación sea redactada por un abogado, ya que no se necesita de la firma de este profesional para presentarla. Sin embargo, esto es muy recomendable y la razón es muy sencilla: si se detecta el más mínimo error en ella, ya no podrá ser utilizada en la instancia de demanda. Como si esto no bastara, la papeleta es muy rica en campos y no todos ellos son de fácil comprensión para alguien que no está familiarizado con cierta terminología.
Como dato adicional, la papeleta exige que se especifique si el trabajador concurrirá acompañado de un abogado, por lo que la decisión debe ser tomada antes de comenzar la conciliación.
¿Cómo es un acto de conciliación ante el SMAC?
Una vez que se pone en marcha una reclamación en el SMAC, hay tres posibles resultados:
- Acuerdo: ambas partes llegan a un acuerdo con respecto a la reclamación y se emite el certificado de conciliación con avenencia. Dicho certificado cuenta con fuerza ejecutiva, por lo cual ambas partes quedan obligadas a cumplir.
- El trabajador no se presenta: el trabajador fue quien presentó la reclamación, por lo tanto, cuando no se presenta a la instancia de conciliación, se da por sentado que este renuncia a la mencionada reclamación, con lo que pierde sus derechos con respecto a la reclamación presentada.
- La empresa no se presenta: se le entrega al trabajador un certificado en el que se deja constancia de que se intentó llegar a un acto de conciliación, pero que este quedó sin efecto debido a la ausencia de la otra parte.
¿Para qué sirve la papeleta de conciliación?
- Despidos
- Reclamaciones de seguros de convenio
- Reclamaciones de cantidad
En el caso de despido, la conciliación constituye un acto obligatorio antes de cualquier procedimiento posterior relacionado a dicho despido, que se vaya a presentar en el Juzgado de lo Social. Quedan exceptuados de este procedimiento aquellos procesos que necesiten ser reclamados por vía administrativa de forma previa.
La pregunta que todas las personas se hacen es: ¿Dónde presento la papeleta de conciliación?
El SMAC tiene un nombre distinto en cada provincia, así que aquí dispones de toda la información que necesitas para presentar tu papeleta de conciliación en el lugar correcto.
Dónde presentar la papeleta de conciliación según la comunidad autónoma
Madrid
- Dirección: C/ Princesa, 5
- Teléfono: 915809209
Galicia
- La Coruña
- Dirección: C/ Fernando Macías, 18-20. 1°
- Teléfono: 981182385
Asturias
- Oviedo
- Dirección: C/Cabo Noval 11, Bajo
- Teléfono: 984085385
Cantabria
- Santander
- Dirección: Pasaje de Peña, 4- 3°
- Teléfono: 942364145
País Vasco
- Vizcaya-Bilbao
- Dirección: C/ Gran Vía, 85 Bajo
- Teléfono: 944031209
Castilla y León
- Valladolid
- Dirección: C/Santuario, 6
- Teléfono: 983298033
Castilla – La Mancha
- Toledo
- Dirección: Avda. de Francia, 2
- Teléfonos: 925269901 / 925267970
Aragón
- Zaragoza
- Dirección: C/Fernando el católico, 63-65
- Teléfono: 976791015
Cataluña
- Barcelona
- Dirección: C/ Calabria, 169
- Teléfono: 936220400
Comunidad Valenciana
- Dirección: Avda. Barón de Carcer, 36- 1°
- Teléfono: 963867410
Murcia
- Dirección: C/ Gran Vía Escultor Salcillo, 1
- Teléfono: 968216025 / 968221217
Andalucía
- Jaén
- Dirección: P°. Estación, 30-6°
- Teléfono: 953005400
- Sevilla
- Dirección: Avda. República Argentina, 21
- Teléfono: 95506599
Extremadura
- Badajoz
- Dirección: Avda. de Huelva, 6
- Teléfonos: 924014413 / 924014414 / 924014416
Islas Baleares
- Palma de Mallorca
- Dirección: Avda. Conde de Sallent, 11-2°
- Teléfono: 971763545
Islas Canarias
- Las Palmas
- Dirección: C/Alicante, 1. Vga de San José
- Teléfono: 928452500
Navarra
- Pamplona
- Parque Tomás Caballero, 1-1°
- Teléfono: 848427906
La Rioja
- Logroño
- Dirección: C/ Gran Vía, 56, Entreplanta
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