Divorcio con hijos menores de edad

Ante un caso de divorcio, uno de los temas que más preocupan a ambas partes es saber qué ocurrirá con los hijos. A partir del momento en el que la pareja cese su convivencia, es recomendable que lo siguiente esté resuelto:
- Quién tendrá la custodia
- El régimen de visitas
- Quién pagara la pensión por alimentos
- Dónde vivirán los niños
¿Cómo se llega a un acuerdo con respecto a los hijos en un caso de divorcio?
Si ambos padres tienen voluntad de entenderse y el objetivo de actuar de forma que el resultado sea el más beneficioso para sus hijos, podrán llegar a un acuerdo y por tanto formalizarían el divorcio de mutuo acuerdo en los tribunales. Sin embargo, puede ocurrir que eso no ocurra porque cada uno pretende diferentes resultados. En tal caso será el juez quien tome la decisión final.
¿Cuál es el rol del letrado en un divorcio con hijos?
En primera instancia, el letrado defiende los intereses de su cliente y aboga para que el juez le otorgue lo que pide. Sin embargo, la profesionalidad va de la mano con la ética, por lo que jamás podrá perder de vista el beneficio de los menores de edad que están en medio de la disputa.
Es esperable que el profesional busque un encuentro con ambas partes para así intentar que lleguen a un acuerdo entre ambos. Solucionar las diferencias antes de hacer efectivo el divorcio tendrá un beneficiario muy claro: el hijo.
Los hijos que viven un proceso de divorcio ven desmoronarse su estructura familiar, algo que ya de por sí es doloroso y traumático. Si a esto le agregamos el litigio de sus padres, la situación se agrava. Por ello el letrado intentará que ambos progenitores acerquen posiciones y acaben firmando un Convenio Regulador en el que figuren los acuerdos a los que han llegado y sus firmas de conformidad.
¿Se puede hacer el acuerdo solo a través de notario?
No. Cuando existen hijos menores de edad, la vía judicial es ineludible, por lo que habrá que pasar por ella, tanto con un mutuo acuerdo ya firmado o para luchar por los cinco puntos que se deciden con respecto a los hijos.
Los cinco puntos a acordar en un divorcio con hijos
- Guarda y custodia: lo que deberá acordarse es si la guarda y custodia será exclusiva o compartida. En el primer caso, el hijo pasa la mayor parte del tiempo con un progenitor, mientras que el otro se ajusta al régimen de visitas. En el segundo caso, ambos progenitores tendrán el mismo tiempo de convivencia con su hijo. Hasta hace poco, en España se otorgaba la guarda y custodia compartida únicamente en casos excepcionales. Sin embargo, las estadísticas están empezando a mostrar que hay cada vez una mayor inclinación a que esta sea la forma de custodia otorgada.
- Régimen de visitas: el progenitor que no cuenta con la custodia del menor recibe el régimen de visitas. Este es adaptado para cada caso en particular, ya que se tiene en cuenta la actividad laboral del progenitor que tiene las visitas. Si bien no hay un máximo de días de visitas y los progenitores pueden acordar que el régimen sea amplio, el juez determinará un mínimo. El modelo más usado en la actualidad es el de fines de semana alternos, una o dos visitas durante los días hábiles y la mitad de las vacaciones escolares del hijo.
- Pensión por alimentos: tiene que pagarla el progenitor que no tiene la custodia. El importe se fija en base a los gastos alimenticios, educativos, de vestido y de asistencia médica del menor, así como también en base a los ingresos de los progenitores. Si el menor permanece en una vivienda alquilada, también se tomará en cuenta el importe del alquiler. En casos de custodia compartida, hay casos en los que el progenitor de mayores ingresos se ve obligado a pasar una pensión alimenticia al otro de menores ingresos.
- Vivienda: la vivienda familiar quedará para el progenitor que conserve la guarda y custodia. En los casos de custodia compartida, es posible que el menor permanezca siempre en la casa y que sean los padres quienes llegan a la vivienda en un régimen de turnos de equis cantidad de días por semana.
- Gastos extraordinarios: un gasto extraordinario es aquel que no forma parte de la rutina de gastos que se destinan al hijo, pero que se vuelcan en él de forma puntual. Entre ellos se encuentran los gastos médicos extraordinarios, la ortodoncia, las gafas, el coste del viaje escolar anual y las sesiones con el psicólogo, entre otros.
¿Cuándo no se otorga la custodia compartida?
El juez siempre velará por el interés del menor, y cuando considere que no es factible que el régimen de guarda y custodia compartida pueda llevarse a cabo, por ejemplo por una mala comunicación entre los progenitores o ausencia de ella, fallará en contra de la custodia compartida.
En cualquier caso cuando uno de los cónyuges tenga iniciado un proceso penal por atentar contra el otro cónyuge o contra cualquiera de sus hijos en común. A su vez, también es negada cuando el juez advierta que existe violencia doméstica.