¿Cómo reclamar la devolución de la prestación por maternidad?
Por DPG

La Justicia obliga a Hacienda a devolver a una mujer el IRPF de la prestación por maternidad, se trata de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid donde se declara que la prestación por maternidad que abona la Seguridad Social está exenta del IRPF.
Actualmente y durante las 16 semanas que dura el permiso de maternidad, es el organismo de la Seguridad Social quién se encarga de abonar el sueldo a la madre (o también al padre en caso de baja compartida), pero Hacienda estableció que esta prestación por maternidad debe computar en el IRPF como un rendimiento del trabajo, ahora, esta sentencia echa por tierra dicha actuación de Hacienda y la obliga a devolver 3.135 euros a la demandante.
Sin duda esta es una muy buena noticia para miles de madres (y padres) que vieron como parte de sus ingresos fueron retenidos y tratados como un rendimiento del trabajo, muchos de ellos, aunque no todos, podrán beneficiarse de esta sentencia.
Importante:
Esta sentencia NO genera jurisprudencia , por lo tanto, no sabemos si finalmente se dará la razón a quién reclame .
Pero si no se reclama, es altamente probable que cuando conozcamos la resolución definitiva de Tribunal Superior de Justicia, muchas de las posibles reclamaciones hayan prescrito.La reclamación administrativa interrumpirá la prescripción de la acción . Por ello es esencial iniciar los trámites lo antes posible.
Requisitos para saber si puede beneficiarse de esta devolución
Le informamos de los aspectos que debe tener en cuenta para saber si puede beneficiarse de esta novedad:
- Debe haber cobrado la prestación por maternidad desde 2012.
- Debe haber tenido retención sobre la prestación por maternidad cobrada.
- Puede beneficiarse tanto el padre como la madre de esta devolución, tanto por la prestación por maternidad como por la de paternidad.
Si cumple estos requisitos, puede iniciar ante la Agencia Tributaria una solicitud de devolución de ingresos indebidos. Si esta solicitud es denegada habrá que interponer Reclamación Económico Administrativa y seguir en las distintas instancias hasta el Tribunal Superior de Justicia.
Es un proceso que puede resultar largo y del que no está garantizado el éxito. Pero si la cantidad que le retuvieron fue alta, merece la pena iniciar el proceso.
En DPRADAG LEGAL SL, le diremos si le compensa iniciar el trámite, y realizaremos las acciones oportunas para lograr el mejor resultado.
Pueden llamarnos ya sin compromiso para que estudiemos su caso a los teléfonos 91 435 14 79 y 91 34 91 435 33 81 si llama desde Madrid u otras provincias o en el 93 414 73 20 si lo hace desde Cataluña.
Además, a este respecto, Miriam Revilla Couceiro, Economista y Responsable del Departamento Fiscal de dPG Legal fue entrevistada para MadridDiario