Tanto si trabaja en Portugal o si está pensando establecer su empresa en el país vecino, puede interesarle conocer este resumen con algunos aspectos fiscales a tener en cuenta:
Fiscalidad empresarial en Portugal
Impuesto de sociedades:
Tipo del 21% sobre el neto (ingresos menos gastos). Pagos a cuenta del impuesto en julio, septiembre y diciembre. Compensación de pérdidas fiscales durante 5 años (en caso de pequeña y mediana empresa se amplía hasta los 12 años). Exención de dividendos en caso de recibir dividendos de una sociedad extranjera que participe en la portuguesa en más de un 10% por un periodo de al menos de doce meses.
Impuesto adicional:
Grava los beneficios de la empresa si superan determinados tramos (desde 1,5 millones de euros en adelante). Tipos desde el 3,5% hasta el 9% en función del beneficio obtenido en el ejercicio.
IVA:
Tipo del 23%. Compensable. Si el IVA de las compras supera al de las ventas, se puede pedir la devolución.
Seguridad Social:
El empleador esta obligado a pagar un 23,75% sobre el salario bruto mensual. El empleado paga el 11%.
IBI:
Tributo municipal, con tipos desde el 0.3% al 0,8% sobre el valor del inmueble
Impuesto al timbre:
Grava la elevación a público de determinados tipos de contratos y transacciones, en función del valor de las mismas.
Régimen residente no habitual
Debe tenerse la condición de residente no habitual a efectos de la Hacienda portuguesa. Una vez conseguida dicha condición aplicarían:
- Un tipo reducido del 20% sobre sus rendimientos del trabajo/actividades profesionales, siempre que sean de «alto valor añadido» por las rentas obtenidas en Portugal
- Los rendimientos por rentas obtenidas fuera de Portugal quedarían exentas de tributación en Portugal.