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Capitulaciones matrimoniales o acuerdos prematrimoniales

 

Las capitulaciones matrimoniales son el documento en el que los cónyuges o futuros cónyuges fijan las normas relativas al régimen económico que se aplicara durante el matrimonio, o cualesquiera otras disposiciones relacionadas con el matrimonio.

Para otorgar las capitulaciones matrimoniales es necesario que los dos cónyuges estén de acuerdo y acudan a un notario con el documento que recoja las capitulaciones matrimoniales para que las eleve a escritura pública, y posteriormente inscribirla en el Registro Civil.

Pueden formalizarse antes de contraer matrimonio o durante el matrimonio.

Si se formalizan antes, el régimen económico elegido entra en vigor con la celebración del matrimonio, siempre y cuando, para que sean válidas deberá celebrarse antes de un año desde la firma de la escritura pública.

Si por el contrario se otorgan durante el matrimonio el cambio de régimen económico matrimonial entrará en vigor tras la firma de la escritura.

Las dudas más frecuentes a la hora de otorgar las capitulaciones matrimoniales es saber que clausulas se pueden incluir en las mismas. Lo habitual es que se fije el régimen económico matrimonial, sin embargo se pueden reflejar otro tipo de pactos, como por ejemplo reflejar donaciones o incluyo pactos entre los cónyuges para el supuesto de que en el futuro exista una crisis matrimonial.

El artículo 1.325 del Código Civil nos dice que «En capitulaciones matrimoniales podrán los otorgantes estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo», por tanto se puede pactar el régimen económico por el que se va a regir el matrimonio, así como cualquier otra cuestión relacionada con el matrimonio.

Por otro lado, debemos tener en cuenta siempre que para que las cláusulas que se establezcan sean válidas deberán respetar las Leyes, las buenas costumbres, y que ninguna de ellas sea limitativa de la igualdad de derechos que corresponda a cada cónyuge».

Por ello, a fin de evitar problemas de cara a futuro siempre es preferible un buen asesoramiento por un especialista en la materia antes de acudir al notario para otorgar las capitulaciones matrimoniales.

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