¿Ha llegado el momento de prescindir de la banca?
By dpg

La banca no pasa por su mejor momento. Los últimos escándalos han sembrado entre la ciudadanía una sensación de desconfianza que ha hecho caer su popularidad a mínimos. n
nTradicionalmente el negocio bancario ha consistido en captar fondos de los depositantes, que junto con el capital propio son canalizados o colocados a sus clientes, a quienes conceden financiación para la adquisición de bienes, ejecutar inversiones, atender requerimientos de capital, …n
n La banca ha sido y es necesaria, no sólo para las empresas, sino también para los particulares. Sin la banca los particulares no podríamos comprarnos una vivienda ni las empresas podrían acometer inversiones para, por ejemplo, generar más puestos de trabajo. n
nCierto que hay fórmulas alternativas a la intermediación financiera, pero el desconocimiento popular de esas otras fórmulas de adquisición de bienes y el apalancamiento que supondría para el vendedor, las hacen impopulares y en muchas ocasiones inoperativas. n
nLa banca juega un papel esencial en una economía como la actual, en la que se necesita financiación para cualquier adquisición que particulares o empresas pretendan llevar a cabo. Ese papel esencial de aparato financiero de particulares, empresas e incluso Estados, debería llevar consigo una gran responsabilidad. n
nSin embargo, las estafas con las preferentes, los abusos de poder, las quiebras de entidades que luego tenemos que financiar todos los ciudadanos por una mala gestión, entre otros, han alertado sobre comportamientos poco éticos y han denostado su crédito. n
n¿Está justificado ese descrédito? ¿Se comportan de forma poco ética?n
nComo en otras ocasiones, les voy a poner un ejemplo práctico para que saquen sus propias conclusiones.n
nEn el año 2009 unos clientes acudieron a nuestro despacho profesional porque se consideraban estafados con la venta de derechos de multipropiedad,que habían financiado a través de créditos al consumo con diversas entidades financieras. La multipropiedad no es otra cosa que el derecho a disfrutar de turnos turísticos en apartamentos que no son nuestros. n
nIniciamos acciones legales contra la empresa que había vendido esos derechos ( Ashdale) y contra las entidades bancarias que habían concedido los préstamos (nada menos que 20.000 €), para que se declarase la nulidad de los contratos de compraventa y de los préstamos bancarios. La declaración de nulidad comporta que no se tengan que pagar los préstamos y que las entidades bancarias estén obligadas a devolver todo lo que se les haya pagado. n
nCon carácter previo al inicio de las acciones legales, se informó a los bancos que se iba a proceder por la vía judicial contra ellos, al considerar que los contratos de préstamo eran nulos y que por tanto no había que pagar las cuotas. Asimismo, se les informaba que las cuotas de los préstamos se iban a ingresar en el juzgado, para que les fuesen entregadas al final del procedimiento judicial si el Juzgado consideraba que los contratos eran válidos.n
n En cuanto se presentó la demanda, se dejaron de pagar las cuotas de los préstamos a los bancos, para pagarlas al juzgado. De ésta forma,si se estimaba la demanda el juzgado debía devolver el dinero a nuestros clientes y si se desestimaba debía entregar el dinero a los bancos. No había impago de los créditos, simplemente se pagaban al juzgado, a quien se le decía que entregase el dinero a las entidades bancarias si desestimaba la demanda.n
nEn el curso del procedimiento, una de las entidades bancarias argumentó como defensa que no conocía de nada a la empresa Ashdale y que por tanto el contrato de préstamo era válido y se tenía que seguir pagando. El abogado del banco presentó una nota simple del Registro de la Propiedad, tachando el nombre de la persona que había solicitado la nota simple. n
nComo intuíamos que esa nota simple la podía haber solicitado la empresa Ashdale, le pedimos al Juez que requiriese al Registro de la Propiedad para que informase quien la había solicitado.n
nEl abogado del banco se defendió diciendo que la había solicitado una empresa de servicios de gestión con la que el banco colabora habitualmente; porque de ser cierto que la pidió la Ashdale, habría un concierto previo entre el banco y Ashdale que podría llevar inherente la estimación de la demanda y la nulidad del préstamo. n
nCuando el Registro de la Propiedad contestó al requerimiento del Juzgado (¡Qué sorpresa!) La nota simple la pidió Ashdale, lo que quería decir que Ashdale había colaborado con el banco para la concesión del préstamo, porque había ido al Registro de la Propiedad por cuenta y orden del banco, para obtener información de solvencia de los prestatarios que el banco necesitaba para conceder el préstamo. n
n El abogado del banco manipuló una prueba para defender sus argumentos y ocultar que conocía a la empresa que vendió los derechos de multipropiedad. Pretendía “engañar” al Juez, haciéndole creer que no conocía de nada a la empresa Ashdale.n
nEl artículo 250 del Código Penal castiga con pena de prisión a aquellas personas “que, en un procedimiento judicial de cualquier clase, manipularen las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones o emplearen otro fraude procesal análogo, provocando error en el Juez o Tribunal y llevándole a dictar una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero”. Es lo que se doctrinalmente se conoce como “estafa procesal”. n
n Obviamente, pusimos éste hecho en conocimiento del Juez, pero parece ser que no se consideró engañado, porque decidió no hacer nada. n
nLos juicios los gana el que prueba sus argumentos, pero hombre, de ahí a enmendar las pruebas para ocultar hechos, con la intención de defender las mentiras … No creo que sea un comportamiento muy ético ¿O sí lo es?n
nPero no queda ahí la “ética” del banco. A pesar de saber que se les había demandado (para que se declarase nulo el contrato de préstamo) y que se estaban ingresando las cuotas en el juzgado, no han dejado de enviar reclamaciones extrajudiciales al prestatario (nuestro cliente), amenazándole con demandarle y embargarle si no pagaba el préstamo, provocándole estados de ansiedad. Incluso llegaron a quitarle dinero de su cuenta corriente, para cubrir el impago de una cuota que se había pagado al juzgado; hechos por los que se llegó a denunciar al director de la sucursal y por los que se le recibió declaración en sede judicial, tras lo cual se dejó de “meterle mano en la cuenta”, aunque el Juzgado declaró que eso no era ningún delito hasta que se declarase nulo el contrato de préstamo. n
nHoy por hoy nuestra cultura hace que la banca parezca imprescindible, pero o mucho cambian las cosas y empiezan a asumir la gran responsabilidad que conlleva el gran poder que tiene, o quizá haya que cambiar de mentalidad y recurrir a fórmulas alternativas a la intermediación bancaria, ¡Qué Señores, en muchos casos la hay! Se puede permutar (cambiar una cosa por otra), se puede vender un piso aceptando el pago aplazado con garantía hipotecaria e intereses a nuestro favor, … n
nEn todos los casos no será posible prescindir de la banca, pero no en todos los casos es necesaria su intermediación. Un banco nos presta un dinero para comprar algo a alguien y, si dejamos de pagar al banco, nos demanda y se cobra judicialmente; ¿Y si el vendedor acepta que le paguemos a plazos, asegurándose que en caso de impago va a recuperar los gastos de la reclamación judicial? Quizá sea un engorro y asumamos un cierto riesgo de impago, pero seguro que hay muchos casos en los que ese riesgo es mínimo o inexistente y ganaríamos más –porque percibiríamos los intereses-.n
n¿Ha llegado el momento de cambiar de mentalidad y dejar de canalizar todas las operaciones a través de los bancos? ¿Es eso lo que se están ganando por sus comportamientos poco éticos?